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REMATE JUDICIAL

OCTUBRE

21

Martes

martes, 21 de octubre de 2025, 3:30:00 p. m. UTC

APARTAMENTO DE 1 DORMITORIO
MUY BIEN UBICADO EN BARRIO SUR

horario

14:30

En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO

SIN BASE EN DOLARES AMERICANOS

Remate Nº 11571

"APARTAMENTO DE 1 DORMITORIO
MUY BIEN UBICADO EN BARRIO SUR"

Superficies (catastro)

Propia: 43 m2

Uso exclusivo (terraza balcón): 5 m2

Año de construcción: 1947


No se ingresó al inmueble, la descripción se realiza de acuerdo a información relevada con administración y vecinos:

Se trata de apto. con living comedor, 1 dormitorio, cocina y baño.

Estaría desocupado y para reciclar.

Se accede por escalera (primer piso por escalera).

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ubicación

Dirección: Isla de Flores 1423 Unidad 101,

entre Santiago de Chile y Javier Barrios Amorín.


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padrón

Padrón: 9.474/101, Montevideo.

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DOCUMENTOS

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descripción

DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos respectivos)


Al 23/09/2025 según certificado de gravámenes IMM N° 684693


QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria (CC 2003727):
Debe $ 180.552.- (aprox. US$ 4.630.-)
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 2.606.-

Primaria:
Debe $ 23.972.-(aprox. US$ 615.-)
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 999.-


QUE NO SE DESCUENTAN DEL PRECIO (son de cargo del comprador)

Tributos Domiciliarios (CC 712944)
Debe $ 131.652.- (aprox. US$ 3.380.-).


DEUDAS QUE DEPENDEN DEL TIPO DE JUICIO:
Gastos Comunes (en este juicio se están ejecutando los gastos comunes):
Liquidación de agosto que se abonaba en setiembre,
debía $ 437.708.- (aprox. US$ 11.224.-)
Paga mensualmente: $ 3.754.- a $ 4.582.- (según últimos dos meses)


PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en moneda nacional.

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OBSERVACIONES

SIN BASE Y EN DOLARES

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CONDICIONES

CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66% por concepto de comisión e impuestos.
El pago puede hacerlo con efectivo, letra de cambio o transferencia bancaria en el acto de remate.
En caso de abonar con transferencia deberá gestionar en su Banco antes de la subasta las habilitaciones necesarias para poder realizarla en el mismo acto de remate.

galería multimedia

edicto

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 27º Turno, dictada en autos: “CONDOMINIO DEL EDIFICIO ISLA DE FLORES C / COSTA MORSSI, MARÍA y otro JUICIO EJECUTIVO” IUE 2-38796/2021, se hace saber que el 21 de octubre de 2025 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula Nº 5555 RUT 21.227.685.0013 en acto presidido por el Oficial Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en pública subasta, sin base, en moneda nacional y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Unidad 101 que forma parte del edificio incorporado al régimen de propiedad horizontal de la ley 10.751, por aplicación de las leyes 13.870 y 13.892, construído en un terreno ubicado en la Localidad Catastral Montevideo, Departamento de Montevideo, zona urbana, padrón matriz 9474, el que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Herbert Oddone de marzo de 1971, cotejado el 2/4/71 e inscripto en la Dirección General de Catastro el 26/4/71 con el Nº 65841 tiene una superficie de 392 metros 2678 centímetros y 12 metros al sur de frente a la calle Isla de Flores, entre las calles Santiago de Chile y Doctor Barrios Amorín, distando el punto extremo de su frente 25,971 metros de la esquina formada con la segunda nombrada.La unidad 101 empadronada individualmente con el Nº 9474/101, y que según el mismo plano relacionado tiene una superficie de 42 metros 8322 centímetros, se ubica en el primer piso a cota vertical más 3,85 metros, y le corresponde el uso exclusivo de los siguientes bienes comunes: Balcón B1 y Terraza E1; SE PREVIENE QUE: 1º) El mejor postor deberá abonar la seña del 30% en el acto de remate al momento de serle aceptada la postura, lo que deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios, así como abonar la comisión del Rematador e impuestos de cargo del comprador, totalizando el 3,66% del precio del remate. 2º) El estudio de la documentación se ha realizado en base al último título testimonio de la matriz inscripto de acuerdo al art. 384.2 del CGP, teniendo presente lo referido a la Partición del año 1987, el que se encuentra a disposición de los interesados en OFGECEN sito en 25 de mayo Nº 500 de esta ciudad. 3º) El inmueble se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, los certificados registrales y la documentación presentada. 4º) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria, Tasa General Municipal y Tributos Domiciliarios, desconociendo la existencia de otros. 5º) Existe deuda por Impuesto de Enseñanza Primaria; y por gastos comunes. 6º) Solamente podrán ser imputados al precio las deudas por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, el ITP de la parte vendedora y el IRPF vendedor en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor luego de la escrituración, siempre que exista saldo suficiente.Para el caso que superaran el precio del remate, la diferencia será de cargo del mejor postor. En caso de existir cuentas en juicio sólo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios profesionales que se originaren, los que serán de cargo del mejor postor. 7º) El inmueble no cumple con el art. 178 de la Ley 17.296 (Declaración Jurada de Caracterización Urbana). 8º) Se desconoce la regularidad de las construcciones existentes en el inmueble, así como el estado de conservación, la situación ocupacional del mismo y la situación contributiva ante el BPS por aportes a la construcción y la IMM. 9º) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 10º) Los gastos de escrituración y todos aquellos que la Ley pone de su cargo, serán asumidos por el adquirente. 11º) Será de cargo del expediente la comisión de venta más IVA que totaliza el 1,22% del precio, así como los impuestos municipales. 12º) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la Intendencia correspondiente, el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308.- Y a los efectos legales se hace ésta publicación, dejandose constancia que se expide el presente habiendo tenido a la vista los certificados registrales estudiados en autos solicitud Nº 2960420, código 4337 (RNAP) y solicitud Nº 3225051, código 6835 (Propiedad Inmobiliaria), ampliados al 23/9/25.
Montevideo, 29 de septiembre de 2025.
-ANA LAURA GARCÍA RODRIGUEZ, Actuario Adjunto.

INFORMACIÓN

contacto

ASSAD REMATES

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2900 3099 - 2900 4620 Cel. 092 50 55 55

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