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Judicial

Marzo

19

Jueves

jueves, 19 de marzo de 2026, 5:30:00 p. m. UTC

CASA DE 2 DORMITORIOS Y GRAN PATIO CON PARRILLERO

horario

14:30

En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826

Sin base en dólares

CH 101 PROGRAMA 649 – CASA 001

CASA DE 2 DORMITORIOS Y GRAN PATIO CON PARRILLERO

ubicacion.png

ubicación

Cayambé 3325 esquina Manuel Meléndez, Montevideo

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padrón

Padrón 410.892/001

archivo.png

DOCUMENTOS

file.png

descripción

Superficie según plano: 40,26 m² más uso exclusivo de patio “E” de 59,38 m²
Importante entrada vehicular, living comedor al frente con cocina integrada, dos
dormitorios, baño. Patio con parrillero y pequeña construcción al fondo.
DEUDAS al 03 de marzo de 2026 (las cifras se brindan a título informativo, es
responsabilidad de los interesados hacer directamente la consulta en los organismos
respectivos)
QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO
Contribución Inmobiliaria:
- Cuenta Corriente 614797
- $ 47.218 (desde 2°/2018 a 3°/2025)
- Paga $ 1.650 por cuota (ejercicio 2026)
Primaria:
- Id.: 5748448
- $ 18.207 (desde ejercicio 2020 a 1°/2026)
- Paga $ 720 por cuota (ejercicio 2026)
QUE NO SE DESCUENTAN DEL PRECIO
Tributos Domiciliarios (Tasa general municipal):
- Cuenta Corriente 4133824
- $ 22.285 (desde mayo - junio 2018 a enero – febrero 2026
- Paga $ 350 bimestre (enero – febrero /2026)
Saneamiento:
- Cuenta Corriente 4185038
- $ 144.209 (desde abril 2018 a enero 2026)
Gastos comunes
- $ 4.200 (noviembre, diciembre 2025 y enero 2026)
- Paga $ 1.400 por mes.
- Tiene un convenio vigente que está al día del que restan 6 cuotas de $ 2.000 c/u.

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OBSERVACIONES

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CONDICIONES

En el acto 30% más com. e imp. 3,66% con instrumentos acordes a la Ley de inclusión financiera (letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica desde banco).
En caso de abonar con transferencia electrónica, el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta.
Antecedentes: Jdo. Letrado en lo Civil de 8° Turno. IUE: 2-18307/2021.

galería multimedia

edicto

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: "LANERI BASALO,
CARLOS c/ ROMERO BRITOS, MARCELO - EJECUCIÓN HIPOTECARIA." IUE 2-18307/2021, Por disposición
del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos: "LANERI BASALO, CARLOS c/ ROMERO BRITOS,
MARCELO.
– EJECUCIÓN HIPOTECARIA" IUE 2-18307/2021, se hace saber que el próximo jueves 19 de
marzo de 2026 a las 14:30 horas en el local de la Avenida Uruguay 826, por intermedio del Martillero
Pablo Lakierovich, Matrícula N° 5780, RUT 215178070018, en acto presidido por el Sr. Alguacil de la Sede
se procederá a la venta en dólares estadounidenses, en pública subasta, sin base y al mejor postor del
siguiente bien: Unidad de propiedad horizontal 001 que forma parte de un edificio sito en la localidad
catastral Montevideo, departamento de Montevideo, zona urbana, empadronado con el número 410.892,
el que según plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Ingeniero Agrimensor Horacio Taborda
Rumi de octubre de 1988 inscripto con el número 13.692 el 10 de enero de 1989 y plano de mensura y
modificación del Agrimensor Wilson Arcari de julio de 2011, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro
con el número 24.292 el 28 de noviembre de 2014, consta de una superficie de 7.670 metros 67
decímetros y se deslinda con 31 metros 23 centímetros al Noroeste a la calle Manuel Meléndez y 141
metros 55 centímetros al Noreste de frente a la calle Cayambé por ser esquina, uniendo ambos frentes
ochava curva de 15 metros 61 centímetros de desarrollo. La unidad 001 se encuentra empadronada
individualmente con el número 410.892/001 y según el plano citado se ubica en planta baja a cota
vertical -0,55 metros tiene una superficie de 40 metros 26 decímetros (según plano) y le corresponde el uso exclusivo del patio “E”
, bien común. SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar el 30%
de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura, así como la Comisión del
Rematador más IVA, o sea el 3,66% del precio del remate. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el
precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000 (Unidades Indexadas un millón), se hará efectivo
mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de inclusión financiera, modificativas y
decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica, el mejor postor deberá tomar
los recaudos necesarios ante la sucursal de su banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios
al momento de la realización de la subasta. 2°) El plazo para consignar el saldo de precio por parte del
mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto
aprobatorio del remate que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La
cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19.210, modificativas y decretos
reglamentarios. 3°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, impuestos,
certificados y demás que la Ley pone a su cargo. 4º) Que será de cargo del expediente la Comisión de
Venta del Rematador más IVA o sea el 1,22% sobre el precio de remate, así como los gastos de remate.
5°) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 6°) Que se desconoce la existencia
de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 7°) Que existe deuda de
contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria . 8°) Que solamente podrán ser imputados al
precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate. En el caso de existir
cuentas en juicio solo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se
originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate. 9°) Quien resulte
mejor postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la intendencia
correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia previsto por el artículo 66 de la Ley
18.308. 10°) En el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana, será de cargo del mejor
postor la realización del trámite de acuerdo al artículo 178 de la Ley 17.296. 11°) Que surge una
inscripción de expropiación por el padrón 78.757 del año 2011, reinscripta en el año 2021. 12°) Que
existe deuda por gastos comunes. 13°) Que no se agrega certificado de transferencia del BHU-ANV. 14°)
Que falta testimonio registral de la compraventa del 26 de junio de 1985. 15°) Que falta plano de
mensura y fusión de los agrimensores Alcides Aldana e Hipólito Zas de junio de 1981 que fusionan los
padrones 407.480, 407.481 surgiendo el padrón 407.481. 16°) Que falta plano de fraccionamiento del
padrón 409.981. 17°) Que existe diferencia de área de la unidad del título (46 metros 26 decímetros) con
el plano (40 metros 26 decímetros). 18°) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del
expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los
interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales, Pasaje de los Derechos Humanos
1309 Primer piso de la ciudad de Montevideo. El mejor postor debera tener presente lo dispuesto en el
inciso final del articulo 390 del CGP. Y a los efectos legales se hace esta publicación.
Montevideo, 13 de febrero de 2026
- VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI, Actuario Adjunto

INFORMACIÓN

contacto

PABLO LAKIEROVICH SPALTER

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