
Judicial
Marzo
9
Lunes
lunes, 9 de marzo de 2026, 5:30:00 p. m. UTC
Casa en Propiedad Horizontal en Buceo
horario
14:30
En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO
SIN BASE EN UYU
Casa en Propiedad Horizontal en Buceo
Se ofrece en remate judicial sin base y en pesos una casa en Propiedad Horizontal ubicada en el barrio Buceo, una de las zonas residenciales con mayor demanda y proyección de Montevideo.
ubicación
Andrés Aguiar 1747, Montevideo
padrón
Padrón 189236/001
DOCUMENTOS
descripción
Tipo: Casa en Propiedad Horizontal en planta baja al frente
Superficie: 82 m²
Distribución:
Living comedor
Cocina
2 dormitorios
1 baño
Patio interno
Garaje
OBSERVACIONES
SIN BASE EN PESOS
CONDICIONES
SEÑA: 30%
COMISIÓN E IMPUESTOS: 3,66%
galería multimedia
edicto
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 1° Turno, dictada en autos:
"FASSIO ARAUJO, MARIA c/ GARCIA CHAVEZ, ELSA PARTICIÓN" IUE 2-
4690/2019, Edicto: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de
Familia de 1º Turno, dictada en autos caratulados “FASSIO ARAUJO, María C/
GARCIA CHAVEZ, Elsa- ”, PARTICIÓN, IUE 2-4690/2019, se hace saber que el día
9 de marzo de 2026 a las 14:30 horas en la Asociación de Rematadores, sito en la
calle Uruguay 826, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula
N.º 5.328 R.U.T. 213918210016, presidido de la Sra. Alguacil, a la venta en pública
subasta, en moneda nacional, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble:
Unidad de propiedad horizontal Nº001 padrón individual 189.236/001 (ciento ochenta
y nueve mil doscientos treinta y seis barra cero cero uno) antes padrón 223.895,
régimen de la ley 10.751, que integra el edificio ubicado en la ex vigésimo Cuarta
Sección Judicial de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, con 10
metros de frente a la calle Andrés Aguiar número 1747 entre las calles Presidente
Oribe y Ramón Anador, que según plano de mensura del Agrimensor Juan José
Gambini de abril de 1966, inscripto en la Dirección General de Catastro el 22 de julio
de 1967 con el número 54.646 tiene dicha unidad una superficie de 56 metros 11
decímetros, se ubica en Planta Baja a cota vertical más 0 metros 30 decímetros y le
corresponde el uso exclusivo de patio "P" y garaje “G” (bienes comunes). Se
previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de
su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%). Dicho pago
deberá realizarse en el acto mediante transferencia bancaria, letra de cambio o en
efectivo hasta U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón). Todo exceso de este
último valor se hará efectivo mediante letra de cambio, o transferencia electrónica de
una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No.
19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios.
Serán de cargo del Mejor Postor los gastos de escrituración, honorarios e impuestos
que la Ley pone a su cargo. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e
impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Se previene: a) Que existen deudas de
Contribución Inmobiliaria y Tributos Domiciliarios b) Que existe deuda de Impuesto
de Enseñanza Primaria. c) De la información registral expedida por el Registro de la
Propiedad Sección Inmobiliaria de Montevideo, surge inscripta Hipoteca Común
sobre el 50% con el Nº 24626 bis de fecha 4/7/2014, por la suma de $350.000.
Asimismo, surge del mismo certificado inscripto embargo del 50% con el N.º 10790
de fecha 10/04/2019 por un monto de $735.000. del Juzgado Letrado Civil de 17º
Turno – I.U.E. 2-7790/2019 en autos caratulados: “OSMO, JAIME C/GARCIA,
ELSA”, Ejecución de Hipoteca e inscripción de embargo con el No 19203 de fecha
13/08/2020 en los autos referidos por el mismo monto 6) En cuanto a la situación
ocupacional del bien, se encuentra ocupado por arrendatarios. 7) Se deberá tener
presente lo dispuesto por la Ley 19.210 de Inclusión Financiera y demás
disposiciones reglamentarias y modificativas. 8) Se desconoce la existencia de
caracterización urbana art. 178 Ley 17.296. 9) Que el plazo para consignar el saldo
de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del
auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni
semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo
con la Ley 19.210 modificativas y decretos reglamentarios. 10) Que el ITP de la parte
vendedora y el IRPF, en caso de corresponder, serán reintegrados al mejor postor
luego de la escrituración, siempre que exista saldo suficiente. 11) Que la subasta se
realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y
documentación agregada al mismo. Todo lo que se encuentra a disposición de los
interesados en la Oficina Actuaria de la Sede sito en Av. Uruguay 1030 Piso 5.
Montevideo, 03 de diciembre de 2025
INFORMACIÓN
contacto
Estudio FAIN
099151883







