REMATE JUDICIAL
OCTUBRE
5
Jueves
jueves, 5 de octubre de 2023, 15:30:00 UTC
CUCHILLA ALTA
BUEN CHALET A 3 CUADRAS DE LA PLAYA
horario
14:30
En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO
SIN BASE EN DOLARES AMERICANOS
Remate Nº 11438
CUCHILLA ALTA
BUEN CHALET A 3 CUADRAS DE LA PLAYA
SUPERFICIE TERRENO: 405 m².
SUPERFICIE CONSTRUIDA: 81 m² + parrillero techado.
ubicación
CALLE 9 ENTRE 29 Y MONTEVIDEO
padrón
Padrón N° 1974 de la Localidad Catastral Cuchilla Alta, Departamento de Canelones, zona urbana
DOCUMENTOS
descripción
"COMODIDADES: 3 dormitorios, living comedor, cocina, baño, cochera para 2 autos, muros con rejas, jardín, fondo amplio con parrillero y horno pan techados.
SUPERFICIE TERRENO: 405 m².
SUPERFICIE CONSTRUIDA: 81 m² + parrillero techado."
OBSERVACIONES
- Se sugiere pagar con una letra de cambio por un 40% del precio que piense ofertar o transferencia solo del BROU.
- Contribución inmobiliaria y primaria se descuentan del saldo del precio.
- Se sugiere consultar a su profesional de confianza para el estudio del expediente, títulos, etc.
CONDICIONES
SEÑA: 30% - COMISIÓN E IVA: 3,66%
galería multimedia
edicto
EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 16º Turno, dictada en autos: "GUARDIA VEGA, NICOLAS c/ CAPORAL FLORES, VERA y otros - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-35849/2020, se hace saber que el próximo 5 de Octubre de 2023, a las 14:30 horas, en el local Sede de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, ubicado en la calle Uruguay 826, por intermedio del Rematador Gustavo Luján Ventura, matrícula 2404, RUT 211376670019, asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate público, sin base, en dólares americanos y al mejor postor, del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno con las construcciones que le acceden, padrón número 1974 de la Localidad Catastral Cuchilla Alta, Departamento de Canelones, zona urbana, según plano del Agrimensor Roberto Ballefin Galeano, de julio de 1968, inscripto en la Dirección General de Catastro, el 3 de enero de 1969 con el número 14.337, señalado como solar número 25 de la manzana número 51, consta de una superficie de 405 metros cuadrados y se deslinda así: al Oeste, 15 metros de frente a calle número 9, al Norte, 27 metros, lindando con solar número 1, al Este, 15 metros lindando con solar número 3 y al Sur, 27 metros lindando con solar número 24, todos del plano citado. Se Previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, el 30 % de su oferta, al bajarse el martillo, así como la comisión del rematador más IVA. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000 (Unidades Indexadas un millón), se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con lo dispuesto por las leyes 19.210, 19.478 y 19.889, en lo pertinente y sus decretos reglamentarios. Y el saldo de precio deberá ser consignado en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales, ni por la semana de turismo, según lo dispuesto por el art. 387.2 del C.G.P. 2) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y demás que la Ley pone a su cargo, así como, la comisión de compra e impuestos del Rematador, o sea, el 3,66 %. 3) Que serán de cargo del demandado los gastos del Remate y la comisión de venta e impuestos del Rematador, o sea, el 1,22 % del precio del remate, así como el 1 % Impuesto Departamental. 4) Que se desconoce la situación ocupacional del bien. 5) Que se solicitó informe de deuda a la Intendencia de Canelones del que surge deuda de Contribución Inmobiliaria, así como recibo expedido por la DGI del que surge deuda por el impuesto de Enseñanza Primaria, siendo éstos impuestos, los únicos rubros a descontar por el mejor postor, del saldo de precio de la subasta. 6) Que se desconoce la situación tributaria ante el BPS por las construcciones. 7) Que se desconoce la existencia de arrendamientos. 8) Que según la Cédula Catastral no cumple con el art. 178 de la Ley 17.296 (caracterización urbana). 9) Que el estudio se realizó en base al último título, antecedentes, plano y certificados registrales y municipales. 10) Que los mencionados títulos se encuentran en la Sede del Juzgado Letrado en lo Civil de 16° T., sito en Pasaje de los Derechos Humanos número 1309 piso primero. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo, treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés.
Montevideo, 12 de septiembre de 2023
ANDREA VANINA VILA LECHINI, Actuario Adjunto