REMATE JUDICIAL
AGOSTO
1
Lunes
lunes, 1 de agosto de 2022, 17:00:00 UTC
ESPECTACULAR CHALET
horario
14:00
En CENTRO ESPAÑOL DE MALDONADO
SIN BASE EN DOLARES AMERICANOS
Remate Nº 11291
ubicación
Avenida Córdoba Esquina Thailandia 1ª. Sección de Maldonado
padrón
4553
DOCUMENTOS
descripción
Avenida Córdoba Esquina Thailandia 1ª. Sección de MALDONADO Padrón 4553
Cedula catastral Terreno 2.223 Construidos 201 metros
OBSERVACIONES
CONDICIONES
Seña 30%DEL PRECIO EN DOLARES USA, más COMISIÓN E IMP. 3,66%
EN EL ACTO, EFECTIVO, LETRA DE CAMBIO U OTRO medio idóneo, establecido por la ley No. 19210 y sus modificaciones
galería multimedia
edicto
Por disposición del a Sra. JUEZ LETRADO CIVIL DE 1ª. Instancia DE 6to. TURNO de MALDONADO, dictado en autos caratulados “GONZALEZ, Benito c/TABOADA S.R.L., IUE 290-315/1996, “JUICIO EJECUTIVO”, se hace saber que el próximo Lunes 01 de Agosto de 2022|, a la Hora 14:00, en el Centro Español de Maldonado, ubicado en la calle 18 de Julio No. 708, esquina Arturo Santana de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en DOLARES USA del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno con el edificio y demás mejoras que contiene, ubicado en el departamento de Maldonado, primera Sección Judicial Paraje Cantegril empadronado con el número cuatro mil quinientos cincuenta y tres (4.553), cuyo terreno se integra por dos fracciones: A) Una fracción con el número 3 A de la manzana número cincuenta y uno en el plano del Agrimensor Carlos A. Rodríguez de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco, el que previa aprobación del Municipio de Maldonado el veinte de marzo de mil novecientos cincuenta y seis (expediente número veintinueve) inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el número mil trece el veintitrés de julio de mil novecientos cincuenta y seis y según el cual tiene una superficie de mil setecientos cincuenta y un metros treinta y un decímetros que se deslinda así: Treinta y seis metros veintinueve decímetros al Noroeste dando frente a la calle de diecisiete metros, que separa de la manzana ciento cuatro; treinta y seis metros setenta y tres centímetros al Noreste también de frente, por ser esquina, a la calle de veinte metros que separa de la manzana setenta y cuatro, estando unidos este frente con el anterior por una ochava curva de once metros veinte centímetros de desarrollo, al Sureste treinta y ocho metros lindando con el solar uno A y al Sud-oeste, rectas de cinco metros, treinta y ocho metros sesenta y nueve centímetros, lindando con los salares seis y cuatro A. B) Una fracción señalada con el número cuatro A de la manzana número cincuenta y uno en el plano de fraccionamiento del Agrimensor Carlos A. Rodríguez de Agosto de mil novecientos cincuenta y siete, el que previa aprobación del Consejo Departamental de Maldonado el veintitrés de setiembre siguiente en el expediente número cuatrocientos sesenta y cuatro fue inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado el veinticuatro de septiembre de mil novecientos cincuenta y siete con el número mil trescientos cuarenta y cinco y según el cual tiene una superficie de trescientos cuarenta y nueve metros un decímetro y se deslinda así: seis metros cuarenta y ocho centímetros al Noroeste de frente a la calle de diecisiete metros, treinta y ocho metros setenta y nueve centímetros al Noreste con el solar número tres A; doce metros al Sureste con el padrón número tres mil ochocientos setenta y ocho; y treinta y siete metros sesenta centímetros al Suroeste con el solar cuatro B. Estas dos fracciones tienen en conjunto una superficie de dos mil cien metros treinta y dos centímetros. Queda comprendido dentro del contrato cualquier área en mayor cantidad de la expresada, que resulte del reparcelamiento efectuado por el Agrimensor Carlos A. Rodríguez según plano de setiembre de mil novecientos cincuenta y ocho por medio del cual se establece una superficie de la fracción “A”, de dicho plano de dos mil doscientos veintitrés metros treinta y siete decímetros.
SE PREVIENE:
1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares usa.
2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate.
3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo.
4) No se encuentra en autos el título de propiedad del bien sino su Testimonio por exhibición.
5) Se desconoce ocupacional del bien.
6) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario, en caso de que el monto supere la cantidad de1:000.000 de UI (Unidades Indexadas).
7) Se aplicará el artículo 387.2 literal h “in fine” del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate. (Deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de primaria).
8) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local.
Maldonado de junio de 2022.