REMATE JUDICIAL
ABRIL
24
Lunes
lunes, 24 de abril de 2023, 17:30:00 UTC
EXCELENTE TERRENO PUNTA BALLENA 2.201,49 m²
horario
14:30
En LOCAL CASA ROSADA DODERA 869 ENTRE FLORIDA E ITUZAINGÓ MALDONADO
SIN BASE EN DOLARES AMERICANOS
Remate Nº 11397
ubicación
padrón
DOCUMENTOS
descripción
OBSERVACIONES
SUGERENCIAS A TENER EN CUENTA Y PREGUNTAS FRECUENTES
- DEUDAS: El importe de las mismas se da a título informativo siendo responsabilidad del interesado realizar la consulta a través de los mismos. Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria se descuentan del precio.
- CONDICIONES DE PAGO: El mismo se debe de realizar con letra de cambio o transferencia electronic en el momento de Bancos de Plaza.
- TRANSFERENCIA: Se sugiere consultar antes a su Banco de Plaza que quizás realice una Transferencia si adquiere en una subasta.
- LETRA DE CAMBIO: Como no se sabe el importe de la misma la sugerencia es realizar una letra de cambio por aproximadamente el 40% de lo que piensa realizar la oferta. (Si ese monto es superior se toma en cuenta como seña, es decir abona más de la seña exigida).
- CONSULTAS JURIDICAS: Deberá realizarlas con su professional de confianza.
CONDICIONES
30% de seña en dolares usa, comisión e impuestos 3,66%
en el acto, efectivo, letra de cambio u otro medio idóneo, establecido por la ley no. 19210 y sus modificaciones
galería multimedia
edicto
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5° Turno, dictada en autos: ""IDM c/ TEVER FINANCE CORP.JUICIO EJECUTIVO"" IUE 671-53/2021, se hace saber que el próximo Lunes 24 de Abril de 2023, a la Hora 14:30, en el Salón La Casa Rosada, ubicado en la calle José Dodera No. 869, entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y dólares usa, del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno baldío, sito en la localidad catastral Punta Ballena, departamento de Maldonado, empadronado con el número 2558 (dos mil quinientos cincuenta y ocho), que según el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Eduardo de los Campos, de enero de 1979, inscripto en la dirección departamental de Catastro con el número 7891 el 14 de febrero de 1979, se identifica como solar 15, manzana L5, tiene una superficie de Dos mil doscientos un metros y cuarenta y nueve decímetros (2.201 metros 49 decímetros), y se deslinda así: al Norte 65 metros 98 centímetros lindando con padrón 2385; al Este curva de 54 metros 20 centímetros de desarrollo de frente a Calle Pública, al Sur 30 metros 82 centímetros lindando con calle Pública, al Oeste 43 metros 57 centímetros lindando con parte del solar 16 de la misma manzana y plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares usa. 2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio del remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) Se desconoce el estado ocupacional del Bien. 5) Este Inmueble no cumple con el artículo 178 de la Ley 17.296. 6) Existe deuda de Contribución Inmobiliaria, e Impuesto de Enseñanza Primaria. 7) El estudio de título se realizó con testimonio notarial del último título por no haberse agregado original. 8) Los rubros imputables del precio del remate son Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. 9) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza, atento a las disposiciones de la Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones, su Decreto Reglamentario y art 21 de la Ley 19989 y sus decretos reglamentarios, en caso de que el monto supere la cantidad de1.000.000 de UI. (Unidades Indexadas un millón.). 10) Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial, Diario Local y pagina web del poder judicial.-
Maldonado, 23 de marzo de 2023
MARÍA CECILIA SOLANA DELGADO, Colaboración Cargo: Actuario Adjunto