REMATE JUDICIAL
MAYO
16
Martes
miércoles, 10 de mayo de 2023, 17:00:00 UTC
FRACCIÓN CAMPO DE 206 HÁS. Y 6 HERMOSAS CHACRAS DE 5 Y 6 HECTÁREAS A SÓLO 16 MINUTOS DE RÍO BRANCO
horario
14:00
En PUERTAS DEL JUZGADO LETRADO DE RÍO BRANCO VIRREY ARREDONDO 1054
SIN BASE EN DOLARES AMERICANOS
Remate Nº 11398
ubicación
Ruta 18 Km 395 Al 396 “Paraje Cañada De Santos” Tercera Sección
padrón
DOCUMENTOS
descripción
6 HERMOSAS CHACRAS
DE 5 y 6 HECTÁREAS
1 de ELLAS CON CASA, GALPON, LUZ ELÉCTRICA, ISLAS DE EUCALIPTOS, ASUDE e INSTALACIONES GANADERAS, FRENTE A RUTA 18 y CAMINO VECINAL; LAS OTRAS 5 CHACRAS CON FRENTE A RUTA 18.
1 FRACCIÓN DE CAMPO
206 HECTÁREAS 8693 METROS
MUY BUEN CAMPO AGRÍCOLA GANADERO, APTO PARA ARROZ, CON REPRESA LINDERA, CON FRENTE A RUTA NRO 18 y CAMINO VECINAL, EXCELENTE PARA SACAR COSECHAS, CAMPO INVERNADOR o CRIADOR ( pasa luz eléctrica), ATRAVIESA CAÑADA DEL SAUCE.
A SÓLO 16 minutos de RÍO BRANCO, 17 km por ruta 18 -
- APROXIMADAMENTE 1 hora de TREINTA Y TRES y a 1 hora de MELO
OBSERVACIONES
UBICACIÓN: RUTA 18 km 395 al 396
“PARAJE CAÑADA DE SANTOS” TERCERA SECCIÓN
- PADRÓN:
- 16982 (5 HA)
- 16983 (5 HA)
- 16984 (5 HA)
- 16985 (6 HA)
- 16986 (6 HA)
- 16987 (6 HA 1591 mts) (ruta 18 y camino vecinal)
- 13629 (206 HA 8693 mts) (ruta 18 y camino vecinal)
CONDICIONES
Seña 20 % Mas Comisión E Impuestos 3,66%
galería multimedia
edicto
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Río Branco de 2° Turno, dictada en autos: ""BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY C/ SILVERA CARDOZO, DINORA MUñOZ LEDESMA, KAROL ROCIO Y MUñOZ LEDESMA, JUAN EDUARDO EJECUCION HIPOTECARIA"" IUE 616-364/2018, Se hace saber que el día 16 de Mayo del 2023 a las 14:00 horas en el Juzgado Letrado de Río Branco, ubicado en la calle Virrey Arredondo 1054, el martillero Francisco Daleira, matrícula 5738, sacará a la venta en pública subasta, sin base y al mejor postor en dólares americanos, asistido por el señor Aguacil los siguientes bienes que se describen: I) Inmueble empadronado con el número DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS (16982) (antes en mayor área número trece mil seiscientos veintiocho y antes dos mil seiscientos cincuenta también en mayor área (13628 y 2650)) está compuesto por una fracción de campo sito en la Tercera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, zona rural, paraje ""Cañada de Santos"" señalado con el número uno (1) en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Marcos A. Acuña Cuadrado inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina delegada de Cerro Largo con el número doce mil setecientos treinta y cuatro (12734), el veintiséis de diciembre de dos mil doce, (26/12/2012) tiene un área total de cinco hectáreas y se deslinda así: al SURESTE 165 metros 39 decímetros de frente a Ruta 18, al SUROESTE 309 metros 76 decímetros lindando con el actual padrón 16740 (antes padrón 3736) y con parte del padrón 16386, al NOROESTE 165 metros 42 decímetros lindando con parte del padrón 12057 y al NORESTE 296 metros 89 decímetros lindando con la fracción número 2 del mismo plano actual padrón 16983. II) El inmueble empadronado con el número DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES (16983) (antes en mayor área número trece mil seiscientos veintiocho, antes dos mil seiscientos cincuenta también en mayor área) está compuesto por una fracción de campo sito en la Tercera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, zona rural, paraje ""Cañada de Santos” señalado con el número dos en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor, Marcos A. Acuña Cuadrado inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina delegada de Cerro Largo con el número doce mil setecientos treinta y cuatro, el veintiséis de diciembre de dos mil doce, tiene un área total de cinco hectáreas y se deslinda así: al SURESTE 172 metros 44 decímetros de frente a Ruta 18. al SUROESTE 296 metros 89 decímetros lindando con la fracción número uno del mismo plano hoy padrón 16982, al NOROESTE 173 metros 45 decímetros lindando con parte del padrón 12057 y al NORESTE 283 metros 37 decímetros lindando con la fracción número 3 del mismo plano actual padrón 16984. III) El inmueble empadronado con el número DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO (16984) (antes en mayor área número trece mil seiscientos veintiocho y antes dos mil seiscientos cincuenta también en mayor área) está compuesto por una fracción de campo sito en la Tercera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo; zona rural, paraje ""Cañada de Santos” señalado con el número tres en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Marcos A. Acuña Cuadrado inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina delegada de Cerro Largo con el número doce mil setecientos treinta y cuatro, el veintiséis de diciembre de dos mil doce, tiene un área total de cinco hectáreas y se deslinda así: al SURESTE 181 metros 10 decímetros de frente a Ruta 18, al SUROESTE 283 metros 37 decímetros lindando con la fracción número dos del mismo plano actual padrón 16983 (antes padrón 13628 en mayor área y antes dos mil seiscientos cincuenta también en mayor área), al NOROESTE 182 metros 15 decímetros lindando con parte del padrón 12057 y al NORESTE 269 metros 16 decímetros lindando con la fracción número 4 del mismo plano actual padrón 16985. IV) El inmueble empadronado con el número DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO (16985) (antes en mayor área número trece mil seiscientos veintiocho y antes dos mil seiscientos cincuenta también en mayor área) está compuesto por una fracción de campo sito en la Tercera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, zona rural, paraje ""Cañada de Santos"" señalado con el número cuatro en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Marcos A. Acuña Cuadrado inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina delegada de Cerro Largo con el número doce mil setecientos treinta y cuatro, el veintiséis de diciembre de dos mil doce, tiene un área total de seis hectáreas y se deslinda así: al SURESTE 230 metros 83 decímetros de frente a Ruta 18, al SUROESTE 269 metros 16 decímetros lindando con la fracción número 3 actual padrón 16984, al NOROESTE 232 metros 18 decímetros lindando con parte del padrón 12057 y al NORESTE 251 metros 1 decímetros lindando con la fracción número 5 del mismo plano actual padrón 16986. V) El inmueble empadronado con el número DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS (16986) (antes en mayor área número trece mil seiscientos veintiocho y antes dos mil seiscientos cincuenta también en mayor área) está compuesto por una fracción de campo sito en la Tercera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, zona rural, paraje ""Cañada de Santos"" señalado con el número cinco en el plano de mensura y fraccionamiento del agrimensor Marcos A. Acuña Cuadrado inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina delegada de Cerro Largo con el número doce mil setecientos treinta y cuarto, el veintiséis de diciembre de dos mil doce, tiene un área total de seis hectáreas y se destina al, SURESTE 248 metros 89 decímetros de frente a Ruta 18, al SUROESTE 251 metros 01 decímetros lindando con la fracción número 4 actual padrón 16985, al NOROESTE 250 metros 35 decímetros lindando con parte del padrón 12057, y al NORESTE 231 metros 42 decímetros lindando con la fracción números 6 del mismo plano actual padrón 16987. VI) El inmueble empadronado con el número DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE (16987) (antes en mayor área número trece mil seiscientos veintiocho y antes dos mil seiscientos cincuenta también en mayor área) está compuesto por una fracción de campo sito en la Tercera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo. Zona rural, paraje ""Cañada de Santos"" señalado con el número seis en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Marcos A. Acuña Cuadrado inscripto en la Dirección Nacional de Catastro Oficina delegada de Cerro Largo con el número doce mil setecientos treinta y cuatro, el veintiséis de diciembre de dos mil doce, tiene un área total de seis hectáreas 1591 metros cuadrados y se deslinda así: al SURESTE 283 metros de frente a Ruta 18, al SUROESTE 231 metros 42 decímetros lindando con la fracción número 5 actual padrón 16986, al NOROESTE 279 metros 48 decímetros lindando con parte del padrón 12057 y al NORESTE 204 metros 64 decímetros lindando con camino vecinal a ruta 26. VI) El inmueble empadronado con el número TRECE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE (13629) (antes en mayor área número dos mil seiscientos cincuenta) está compuesto por una fracción de campo y mejoras que le acceden sito en la Tercera Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, zona rural, paraje ""Cañada de Santos” señalado con el número dos en el plano de mensura y división de campo del Agrimensor Domingo Sergio Yacovazzo de mayo de 1997 inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Cerro Largo con el número nueve mil ochocientos veintitrés (9823), el tres de junio de mil novecientos noventa y siete (3/6/1997), tiene un área total de doscientas seis hectáreas ocho mil seiscientos noventa y tres metros cuadrados y se deslinda así: al NOROESTE 1281 metros 24 centímetros de frente a Ruta 18, al NORESTE 1764 metros 55 centímetros con camino vecinal y con parte del padrón número 7904, al SURESTE 968 metros 27 centímetros lindando con parte del padrón número 5884, al SUROESTE 1117 metros 51 centímetros lindando con el padrón 3736 y con parte del padrón 2457 teniendo una línea quebrada compuesta por 27 tramos lindando con fracción número 3 del mismo plano. Existe una servidumbre de paso de 10 metros de ancho que permite la salida de la fracción 3 a Ruta 18.- SE PREVIENE 1) Que el mejor postor deberá consignar el 20 % de la oferta en el acto de serle aceptada la misma en carácter de seña, tanto la seña como el precio se integrarán conforme a lo establecido por la ley de inclusión financiera Nº 19210. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión e impuestos de remate, así como los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone a su cargo, salvo aquellos que graven a los enajenantes. 3) Los rubros de contribución inmobiliaria rural e impuesto a primaria por ser necesarios para su escrituración se podrán imputar al precio. 4) Se desconoce su estado ocupacional y material. 5) Los bienes se encuentran libre de afectaciones mineras, libre de prenda de bosques, y no está afectado por la Ley 11029 del Instituto Nacional de Colonización. 6) Los bienes se rematan en las condiciones en que se encuentran actualmente, que surgen del expediente, de los certificados registrales agregados y de los testimonios de los títulos de propiedad y antecedentes y planos que están en la Sede a disposición de los interesados. 7) Que el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos los cuales no se interrumpen por ferias judiciales ni semana de turismo, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate. Dicha cancelación debe realizarse y documentarse en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 40 de la ley 19210 y decretos reglamentarios.
Río Branco, 19 de abril de 2023
EMELY JANET MESQUITA JARA, Actuario Adjunto