

REMATE JUDICIAL
Octubre
6
Martes
martes, 6 de octubre de 2026, 1:30:00 p. m. UYT
Médanos de Solymar: casa a 200m de la playa
horario
13:30
A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO
Sin base y en dólares estadounidenses
Médanos de Solymar: casa a 200m de la playa
ubicación
Médanos de Solymar, Ciudad de la Costa, sobre calle Florianópolis casi esquina Indiana,
a aproximadamente 200 metros de la playa.
padrón
26.963
DOCUMENTOS
descripción
Un solar de terreno de aproximadamente 654 m²,
con una casa de 117 m² construidos según Catastro.
OBSERVACIONES
CONDICIONES
El mejor postor deberá abonar una seña equivalente al 30% de su oferta, además de la comisión e impuestos correspondientes al rematador, equivalentes al 3,66%. El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.
De acuerdo con el edicto judicial, el inmueble mantiene deuda por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. Asimismo, se desconoce su situación ocupacional y contributiva ante el BPS. La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, la información registral y la documentación agregada al mismo.
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edicto
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 3º Turno, dictada en autos:
"PARRILLA TEXEIRA, ANDRÉS y otro c/ ROHRER GARCÍA, MARCOS DANIEL JUICIO
EJECUTIVO" IUE 2-6901/2018, se hace saber que el día 6 de octubre de
2026 a las 13 y 30 en local sito en la calle Uruguay 826, se procederá por intermedio
del Martillero Sergio Fain, Matrícula N.º 5.328 R.U.T. 213918210016, presidido del
Sr. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares estadounidenses, sin base y al
mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno y el edificio en el
constituido, empadronado individualmente con el N.º 26.963 (veintiséis mil
novecientos sesenta y tres) que se ubica en el departamento de Canelones,
Localidad Catastral Ciudad de la Costa, señalado con el número 28 de la manzana
21 en el plano del Agrimensor Carlos Hughes, de diciembre de 1962 inscripto en la
Dirección General de Catastro Nacional el 16 de enero de 1964 con el número
12154, y según el cual consta de una superficie de 653 metros y 97 decímetros, con
15 metros de frente al Suroeste a la calle F de 20 metros de ancho, distando el punto
medio de dicho frente, 36 metros 63 centímetros del comienzo de la ochava curva
formada con la calle I de 20 metros de ancho; 43 metros 70 centímetros al Noreste,
lindando con solar 29; 15 metros al Noreste lindando con solar 22 y 43 metros 50
centímetros al Sureste, lindando con solares 25 (parte), 26 y 27, todos del mismo
plano. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el
30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%) a su
cargo. Dicho pago deberá realizarse en el acto por los medios y con los limites para
pago en efectivo establecidos legalmente Todo exceso se hará mediante letra de
cambio, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así
con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas,
concordantes y sus decretos reglamentarios en la redacción dada por la ley 20.469.
Serán de cargo del Mejor Postor los gastos de escrituración, honorarios e impuestos
que la Ley pone a su cargo. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e
impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que tiene deuda de Contribución
Inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria. Solo podrá imputarse al precio del
remate los rubros necesarios para la escrituración, esto es Impuesto Primaria y
Contribución Inmobiliaria hasta la fecha del remate. 4) Que se desconoce la situación
ocupacional del bien y contributiva ante el BPS. 5) Que el plazo para consignar el
saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación
del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni
semana de turismo. 6) Que los gastos de estructuración y todos aquellos que la ley
pone de su cargo, serán asumidos por el adquirente. 7) Que quien resulte mejor
postor en el remate deberá tramitar previamente a la escrituración del bien ante la
Intendencia correspondiente el certificado referente al derecho de preferencia
previsto por el artículo 66 de la Ley 18.308. 8)El bien se encuentra hipotecado y no
cumple art 178 ley 17296. 9) Se desconoce la existencia de deudas por el inmueble
por otros rubros a los indicados ante Intendencia respectiva. 10)Que la subasta se
realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y
documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la
oficina del Juzgado Letrado de Primer Instancia en lo Civil de 3º Turno - San José
1139 PISO 3 - Montevideo. Montevideo, 12 de agosto de 2026.
Firmado electrónicamente por: MARÍA JOSÉ MORENO ARAÚJO - Actuario Adjunto.
INFORMACIÓN
contacto
SERGIO FAIN
2900 00 67 - 099 762 747









