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REMATE JUDICIAL

Octubre

29

Jueves

jueves, 29 de octubre de 2026, 2:30:00 p. m. UYT

Magnífico chalet en el Pinar Sur a metros de Rambla Costanera

horario

14:30

A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO

SIN BASE EN DÓLARES

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Magnífico chalet en el Pinar Sur a metros de Rambla Costanera

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ubicacion.png

ubicación

Calle Colombia entre Av. Jose D'Elia y Patria

Manzana 6 Solar 21.

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padrón

18.948

archivo.png

DOCUMENTOS

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descripción

Sup. terreno: 720 m²
Sup. edificada: 186 m²
Porche y jardín al frente con reja.
Amplio living con estufa a lena con gran ventanal al frente.
3 Dormitorios, baño reciclado a nuevo,
Cocina definida con ventana al fondo.
Parrillero techado.
Cochera, amplio acceso al fondo por el lateral.
Apartamento con un dormitorio pequeño, baño y hall de entrada.
Galpón pequeño de construcción económica al fondo.
Amplio jardín al fondo.
(Información y fotografías obtenidos de tasación de 2024 y fotografías frontales actuales).
Sólida construcción de 1968 con reformas en 1995 (DNC).

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OBSERVACIONES

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CONDICIONES

Seña: 30% - Com. e imp: 3,66%

galería multimedia

edicto

Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9º Turno, dictada en autos:
"LAPENNE DE SALTERAIN, MARCOS y otro c/ OIS FAGIAN, SHIRLEY
EJECUCIÓN HIPOTECARIA" IUE 2-36582/2025, Por disposición del Señor Juez
Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 9° Turno en autos caratulados:
”LAPENNE DE SALTERAIN, MARCOS Y OTRO c/ OIS FAGIAN, SHIRLEY.
Ejecución hipotecaria” IUE 2-36582/2025, se hace saber que el próximo 29 de
octubre de 2026 a las 14:30 horas en la calle Uruguay 826 de Montevideo,(ANRTCI)
se procederá por intermedio del martillero PABLO BORSARI BRENNA matrícula
4821, R.U.T. 212109720012, presidido por la Sra. Alguacil a la venta en pública
subasta, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien
Inmueble: Solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden sito
en el departamento de Canelones Localidad Catastral Ciudad de la Costa, balneario
°El Pinar°, empadronado con el número DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS
CUARENTA Y OCHO (18.948), (antes en mayor área padrón 15.622 parte),
señalado con el número 21 de la Manzana F6, en el plano definitivo parcial de
mensura y fraccionamiento del Agrimensor Roberto Ballefín Galeano de mayo de
1962, aprobado por el Consejo Local Autónomo de Pando el 21 de junio de 1962,
según expediente 862375, que forma parte del proyecto general aprobado por la
Junta Local de Canelones el 26 de abril de 1949, y por la Junta Local Autónoma de
Pando el 25 de mayo de 1949, según expediente G8979/948, e inscripto en la
Dirección General de Catastro el 22 de junio de 1962 con el número 11.538, y según
el cual consta de una superficie de setecientos veinte metros (720 m2) y se deslinda
así: 18 metros al Suroeste de frente a la calle número Ocho (hoy Colombia), entre las
calles Uno y Ruta 10 (Costanera Carrasco-Punta del Este), distando el punto medio
149 metros de la esquina con la Ruta 10, y 86,41 metros del comienzo de la ochava
curva con la calle número uno, 40 metros al Noroeste lindando con el solar número
22,18 metros al Noreste lindando con el solar 6, y 40 metros al Sureste lindando con
el solar 20. Todos solares del mismo plano. Se previene que: 1º) El mejor postor
deberá consignar como seña el 30 % de su oferta al serle aceptada, como así
también la comisión del rematador e impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate,
los que deberán consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la
Ley de inclusión financiera, modificativas y decretos reglamentarios. 2º) Será de
cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el
1,22% del precio de remate y el 1% de Impuesto Ley 12.700. 3°) Serán de cargo del
comprador los gastos e impuestos que correspondan de su cargo. 4°) Se desconoce
el estado ocupacional del bien en la actualidad. 5°) Se desconoce la existencia de
deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Canelones, 6°) Se desconoce
la existencia de deudas de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza
primaria. 7°) Solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para
la escrituración hasta el momento del remate, en el caso de existir cuentas en juicio
sólo se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se
originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate;
el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil
siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni
por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y
documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios.
8°) Quien resulte mejor postor debera tramitar previamente a la escrituracion del bien
ante la Intendencia correspondiente, el certificado referente al derecho de
preferencia previsto por el articulo 66 de la Ley 18.308. 9) Se debera tener presente
la informacion proporcionada por la Intendencia de Canelones respecto de la
afectacion urbanistica, la cual se encuentra agregada al expediente. 10)- La
documentación se encuentra a disposición de los interesados en la oficina del
Juzgado sito en Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309
piso 1 de la ciudad de Montevideo, quedando a cargo de los interesados toda
averiguación complementaria, debiendo tener presente el mejor postor lo dispuesto
en el artículo 390 artículo final del CGP. Y a los efectos legales se realiza esta
publicación. Montevideo, 07 de octubre de 2026. Firmado electrónicamente por:
VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI - Actuario Adjunto.

INFORMACIÓN

contacto

PABLO BORSARI

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099 688 946

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