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REMATE JUDICIAL

Junio

11

Jueves

jueves, 11 de junio de 2026, 6:30:00 p. m. UTC

Mitad indivisa de buen apartamento en Capurro, Montevideo

horario

15:30

A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO

SIN BASE EN DÓLARES

Mitad indivisa de buen apartamento en Capurro, Montevideo

Atención Inversores: GRAN OPORTUNIDAD.

ubicacion.png

ubicación

República Francesa 791 casi Husares

CAPURRO, MONTEVIDEO.

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padrón

N° 57.160/004 en Planta Baja.
Contrafrente.

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DOCUMENTOS

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descripción

Living-comedor, 2 dormitorios, cocina, bano y deposito.
Área interior: 50 m² 20 dm² + Patio G.0. 41,1 m² de uso exclusivo.

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OBSERVACIONES

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CONDICIONES

SEÑA 30% + COMISIÓN E IMPUESTOS 3,66% en el acto.
Medios de pago Ley 19.210.

galería multimedia

edicto

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8º Turno, dictada en autos:
"GOMEZ, WASHINGTON c/ VILA, FERNANDO - EJECUCIÓN HIPOTECARIA."
IUE 2-10393/2020, Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia
en lo Civil de 8º Turno, dictada en autos caratulados “GOMEZ, WASHINGTON
c/VILA, FERNANDO – EJECUCION HIPOTECARIA”, IUE 2-10393/2020, se hace
saber que el próximo 11 de junio de 2026 a las 15 y 30 horas en el Local de Av.
Uruguay 826 Montevideo, se procederá, por intermedio del Martillero GERARDO
GOMES de FREITAS Matricula Nº2365 RUT 190036780016, asistido del Oficial
Alguacil del Juzgado, a la venta en Remate Público de la mitad indivisa del bien
padrón N°57.160/004 del Departamento de Montevideo, sin base, al mejor postor y
en dólares americanos del siguiente bien Inmueble: Unidad de propiedad horizontal
señalada con el N°004 que forma parte del Edificio emplazado en un terreno sito en
la localidad catastral y departamento de Montevideo, empadronado con el N°57.160
que según plano del Agrimensor Nelson Villagrán de agosto de 1962, inscripto en la
DGC con el N°45.897 el 17/4/1963 consta de una superficie de 448m 8dm y se
deslinda así: 17m 18cm al SE de frente a la calle República Francesa, entre las de
Juan M. Gutiérrez y Húsares, distando su punto medio 25m 97cm de la esquina que
forma con la nombrada en último término; 25m 98cm al SO con el padrón 57.159;
17m 18cm al NO con parte del padrón N°122.807; y 27m 21cm al NE con el padrón
N°57.161.- La unidad 004 padrón individual N°57.160/004 según plano citado se
ubica en Planta Baja a cota vertical más 0m 23cm y se integra del apartamento 004
con una superficie de 44m 67dm y el depósito 004 que consta de una superficie 4m
77dm. Área total: 50m 20dm; correspondiéndole el uso exclusivo del patio G.0 .- SE
PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su
oferta en dólares americanos, en el acto, al bajarse el martillo, mediante
transferencia bancaria de plaza, letra de cambio o efectivo hasta U.I. 200,000 más la
comisión más IVA de compra del Rematador o sea el 3,66% respectivamente del
precio del Remate.- 2º) Que será de cargo del comprador los gastos de escrituración
y los que la Ley ponga a su cargo.- 3º) Que será de cargo del expediente la comisión
más IVA de venta del rematador o sea el 1,22% del precio del remate.- 4°) Que se
desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad.- 5°)Que se desconoce la
existencia de deudas de construcción ante BPS e Intendencia de Montevideo.
6°)Que existe deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria.
7°) Que la seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos
por la Ley de inclusión financiera, modificativas y decretos reglamentarios.- 8°) Que
solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la
escrituración hasta el momento del remate en el caso de existir cuentas en juicio solo
se podrá descontar el monto del tributo y no los honorarios judiciales que se
originaren, los cuales serán asumidos por quien resultare mejor postor en el remate;
y en el y que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir
del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remtate, que no se
interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá
realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley 19.210, modificativas y decreto
reglamentarios.- 9°) Quien resulte mejor postor en el remate deberá tramitar
previamente a la escrituración del bien ante la intendencia correspondiente el
certificado referente al derecho de preferencia previsto por el Art.66 de la Ley
18.308.- 10°) Que en el caso de no encontrarse vigente la caracterización urbana,
será de cargo del mejor postor la realización del trámite de acuerdo al art. 178 de la
Ley 17.296.- 11°) Que se desconoce la existencia de gastos comunes.- 12°) Que el
mejor postor deberá tener presente lo dispuesto por el Art. 390 inciso 2 y 3 del CGP.
13°) Que la subasta se realiza en las condiciones materiales y jurídicas que surgen
del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra
a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los
Tribunales Pasaje de Los Derechos Humanos 1309 piso 1° de la ciudad de
Montevideo. Montevideo, 15 de mayo de 2026.
Firmado electrónicamente por: VIRGINIA ELIZABETH MEGA YEREGUI - Actuario Adjunto.

INFORMACIÓN

contacto

GOMES de FREITAS

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2916 88 61 - 099 635 635

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