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REMATE JUDICIAL

DICIEMBRE

16

Viernes

viernes, 16 de diciembre de 2022, 15:30:00 UTC

MUY BUENA PROPIEDAD EN EL PINAR (CIUDAD DE LA COSTA - CANELONES)

horario

12:30

En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO

SIN BASE EN DOLARES AMERICANOS

Remate Nº 11365

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ubicación

Vivienda Desarrollada En Dos Plantas Con Frente A Ruta Interbalnearia A La Altura Del Km. 31

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padrón

42361

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DOCUMENTOS

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descripción

Vivienda Desarrollada En Dos Plantas Con Frente A Ruta Interbalnearia A La Altura Del Km. 31

Superficie Total: 565 M²

Excelente Oportunidad De Inversión

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OBSERVACIONES

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CONDICIONES

Seña: 30% - Com. E Imp. 3,66%

ANTECEDENTES: JUZGADO LETRADO DE CONCURSO IUE FICHA No. 2-14530/2018

galería multimedia

edicto

Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Concursos de 2° Turno, dictada en autos: "ROKET SA - CONCURSO LEY 18387" IUE 2-14530/2018, se hace saber que el próximo dìa viernes 16 de diciembre de 2022 a la hora 12:30, se procederá, en diligencia presidida por la Sra. Alguacil de la Sede, a la venta – sin base, al mejor postor y en dólares americanos – por intermedio del Rematador Público Daniel F. Blanco, Matrìcula No. 5640 – RUT 110120590011, en los Salones de la Asociación Nacional de Rematadores, sita la misma en Avda. Uruguay No. 826, del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con sus construcciones, ubicado en el Departamento de Canelones, localidad catastral Ciudad de la Costa, paraje El Pinar, antes décima novena sección judicial y antes séptima, zona urbana, empadronado actualmente con el número CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO (42.361), antes empadronado con el número cuarenta y un mil novecientos ochenta y siete (41.987), veinticuatro mil seiscientos veintitrés (24.623) y antes en mayor área padrones quince mil seiscientos veintidós (15.622) y dieciocho mil cincuenta y seis (18.056), señalado como solar 1 de la manzana 45, en el plano de mensura y fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor José A. Damasco de enero de 1997, aprobado por la Intendencia Municipal de Canelones el dìa 1º de abril de 1997 e inscripto en la Dirección General de Catastro el día 19 de mayo de 1997, con el número 8206, según el cual consta de una superficie de QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS OCHENTA Y TRES DECIMETROS (564 metros 83 decímetros), que se deslindan de la siguiente manera: 2 metros 50 centímetros de frente al Oeste a la Avenida Queguay, 10 metros 48 centímetros también de frente al Noroeste a la Ruta Interbalnearia, uniendo ambas alineaciones por ser esquina ochava curva de 25 metros 40 centímetros; 26 metros 54 centímetros al Noreste lindando con parte del solar 2 y al Suroeste, 30 metros 68 centímetros lindando con solar No. 34 todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que, el mejor postor deberá depositar por concepto de seña, el 30% de su oferta, en el momento de serle aceptada la misma, así como el 3,66% derivado del pago a la comisión e impuestos del rematador actuante. 2) Que, serán de cargo del expediente, el 1,22%, correspondiente al pago de la comisión e impuestos del martillero. 3) Que, el mejor postor, deberá tener presente al momento de su oferta, lo dispuesto por las disposiciones de las Leyes Nos. 19.210, 19.478, 19.732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario en caso de que el monto supere la cantidad de 1.000.000 de Unidades Indexadas. 4) Que el saldo de precio, deberá ser abonado por el mejor postor dentro del plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, período este que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 5)Que, se desconocen la situación ocupacional del bien a subastarse, así como la regularidad de sus construcciones. 6)Que el bien tiene deudas de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria pero que en virtud de que el remate se realiza dentro del proceso de liquidación de la masa activa de ROKET S.A., las mismas no afectaran al adquirente conforme a lo dispuesto por el art. 177 de la ley 18.387. 7)No se dispone de título de propiedad del inmueble, sino de testimonio Ley No. 16.266 debidamente inscripto. 8)Que el inmueble no cumple con el art. 178 de la ley 17.296, lo que será de cargo del mejor postor. 9)Que el inmueble se subasta en las condiciones que surgen del expediente, de los certificados registrales ampliados al 23/11/2022 y de la documentación agregada en autos, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados en las Oficinas de la Sede, sita la misma en la calle San José No. 1132, tercer Piso. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.
Montevideo, 25 de noviembre de 2022
CAROLINA da LUZ PEREIRA, Actuario Adjunto

INFORMACIÓN

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DANIEL BLANCO

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