

REMATE JUDICIAL
Abril
10
Viernes
viernes, 10 de abril de 2026, 4:30:00 p. m. UTC
Oportunidad en Pando: local de la ex fábrica de acrílico Fanacril
horario
13:30
A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO
SIN BASE EN DÓLARES
Oportunidad en Pando: local de la ex fábrica de acrílico Fanacril
ubicación
AV. LUIS ALBERTO DE HERRERA KM. 32.700.
padrón
Padrón 2029 Localidad de Pando.
DOCUMENTOS
descripción
Zona de mucho potencial.
Superficie terreno: 6809 m²
Construido: 746 m²
OBSERVACIONES
CONDICIONES
Seña 30% - Comisión e impuestos 3,66%
galería multimedia
edicto
EDICTO:
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 19º Turno, dictada en autos:
"GARFIN SA c/ FABRICA NACIONAL DE ACRILICOS LTDA - INTIMACIÓN DE
PAGO" IUE 2-22805/2022, se hace saber que el próximo 10 de abril de 2026, a las
13:30 hs, en Avenida Uruguay 826 de esta ciudad (local de la Asociación de
Rematadores); se procederá por intermedio del martillero Lorenzo Hernández Möller,
matrícula 5605, RUT 130092730017, asistido por la señora Alguacil de la sede, a la
venta, en subasta pública, sin base, al mejor postor, sin perjuicio de las facultades
otorgadas al Sr. Rematador por la ley N° 19.090 Art. 386, el siguiente bien inmueble:
solar de terreno con construcciones y demás mejoras, ubicado en la séptima Sección
Judicial del Departamento de Canelones, zona suburbana, ciudad de Pando,
empadronado con el número DOS MIL VEINTINUEVE (2029) antes tres mil
quinientos trece, tres mil quinientos catorce, tres mil quinientos dieciséis, el que
según plano de mensura y fusión del Agrimensor Rodolfo Nuñez Canessi de mayo
de 1985, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Pando, el día 11 de
mayo de 1993 con el número 6.661, esta señalado con el número 10, con una
superficie de seis mil ochocientos nueve metros cuadrados con diez decímetros
cuadrados que se deslinda así: 102 metros de frente al Sureste a la Avenida Luis
Alberto de Herrera, distando su punto medio de la esquina formada con la calle
número 2, 105 metros 62 centímetros al Suroeste, línea quebrada compuesta por
tres tramos, el primero orientado de Sureste a Noroeste de 35 metros, lindando con
padrón 3512, el segundo orientado de Suroeste a Noreste de 37 metros 65
centímetros lindando con parte del padrón 3105, el tercero orientado de Este a Oeste
de 71 metros 55 centímetros lindando con padrón 3105 y calle número 1; 88 metros
60 centímetros al Oeste, lindando con línea de Administración de Ferrocarriles del
estado; 95 metros 15 centímetros al Noreste, lindando con padrón 2257. SE
PREVIENE: A) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de remate una cifra
no inferior al 30% de la oferta efectuada y el plazo para consignar el saldo de precio
será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación
del auto aprobatorio del remate, B) Sera de cargo del comprador la comisión de
compra del rematador e impuestos que asciende a 3 % mas IVA del precio de
obtenido. C) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a
rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las
construcciones que hubiera en ella. D) Sólo se podrá descontar del precio de remate,
deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza
Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la
fecha del remate y al momento de la integración del precio, no pudiéndose incluir en
tales conceptos los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas
cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados. E) Para el caso
de que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente
la devolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para la
inscripción de la escritura traslativa del dominio, ITP e IRPF si correspondiere. F)
Que el mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes
19210 y 19574 en la redacción dada por la ley 19889, en caso de ser objeto de
modificación a la fecha del remate, se estará a lo que disponga la nueve normativa
en la materia. G) En la Sede se encuentra depositado los antecedentes dominiales
originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se
efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación y
certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los
que podrían ser examinados en la Sede por los interesados; Juzgado Letrado de
Primera Instancia en lo Civil de 19° Turno de la Capital; Palacio de los Tribunales,
Pasaje de los Derechos Humanos 1309, de la ciudad de Montevideo.
Montevideo, 18 de marzo de 2026.
Firmado electrónicamente por: MARTÍN LUIS MOLLER CAL - Actuario Adjunto.
INFORMACIÓN
contacto
LORENZO HERNÁNDEZ
099 706 414












