

REMATE JUDICIAL
ABRIL
4
Viernes
viernes, 4 de abril de 2025, 1:30:00 p. m. UTC
UNICO! APTO. 1 DORMITORIO, EXCELENTE UBICACIÓN, CERCA RAMBLA BUCEO
horario
12:30
En A.N.R.T.C.I. - AV. URUGUAY 826 - MONTEVIDEO
SIN BASE EN PESOS URUGUAYOS
Remate Nº 11540
UNICO! APTO. 1 DORMITORIO, EXCELENTE UBICACIÓN, CERCA RAMBLA BUCEO
Superficie construida propia: 41 m2
Año construcción: 1953
Según lo relevado, el inmueble estaría desocupado actualmente.

ubicación
Av. Rivera 4316 esquina Arrascaeta, Apto 205, Buceo, Montevideo.

padrón
Padrón: 121.195/205.

DOCUMENTOS

descripción
Comodidades:
(no se ingresó a la unidad por lo que se desconoce si coincide con la distribución informada)
La unidad está al frente, sobre Av. Rivera, segundo piso por escalera, cuenta con Living Comedor, 1 Dormitorio, Cocina, baño.
El edificio cuenta con muy buen estado de mantenimiento, muy bien administrado y cuidado. Está muy bien ubicado a 3 cuadras de la Rambla, orientado al Norte sobre Av. Rivera, a 1 cuadra de Solano Lopez (ex Comercio). Para mayor referencia al bajar por Arrascaeta hacia la Rambla, se da de frente con el Parador de la Playa Buceo.

OBSERVACIONES
SIN BASE EN PESOS URUGUAYOS

CONDICIONES
DEUDAS (las cifras se dan a título informativo, es responsabilidad de los interesados hacer directamente la
consulta en los organismos respectivos)
Al 20/03/2025 según certificado de gravámenes IMM N° 664952
QUE SE DESCUENTAN DEL PRECIO (las paga el comprador pero las descuenta del saldo de precio)
Contribución Inmobiliaria:
Debe $ 71.198.- (aprox. US$ 1.740.-)
Paga anualmente según último ejercicio $ 7.890.-
Primaria:
Debe $ 25.151.- (aprox. US$ 614.-)
Paga anualmente según último ejercicio 3 x $ 1.019.-
QUE NO SE DESCUENTAN DEL PRECIO (son de cargo del comprador)
Tributos Domiciliarios:
Debe $83.760.- (aprox. US$ 2.050.-)
OTROS: GASTOS COMUNES.
La ejecución es por gastos comunes, se ejecuta la hipoteca recíproca.
Paga mensualmente $ 4.223.-
PRECIO BASE DEL REMATE: Sin base en $ (moneda nacional).
CONDICIONES DE PAGO: El día del remate en el mismo acto deberá abonar el 30% de su oferta, y el 3,66%
por concepto de comisión e impuestos.
El pago puede hacerlo con efectivo, letra de cambio o transferencia bancaria en el acto de
remate.
En caso de abonar con transferencia deberá gestionar en su Banco antes de la subasta las
habilitaciones necesarias para poder realizarla en el mismo acto de remate.
¿ COMO HACE PARA SABER DE CUANTO HACER LA LETRA SI NO SABE POR CUANTO SE VA A VENDER?
Hace una letra por lo menos por el 34% del precio que piense ofertar como máximo. Sugerimos hacer
la letra por el 40% de forma de quedar cubierto.
¿QUÉ PASA SI SE VENDE POR MENOS?
Lo que sobre de la letra se acredita
en el saldo de precio y se le entrega un comprobante en el acto.
LOS CLIENTES DEL INTERIOR DEBEN CONSTITUIR UN DOMICILIO LEGAL EN MONTEVIDEO PARA QUE SE LE ENVÍEN
NOTIFICACIONES POR PARTE DEL JUZGADO, ETC. (PUEDE SER FAMILIAR, AMIGO,
ESCRIBANO, ETC).
VISITAS, OCUPANTES.
Según se ha podido relevar en el
edificio la unidad se encuentra desocupada en la actualidad y desde hace
tiempo. No se cuenta con llaves.
Se nos ha puesto en conocimiento que hace algún tiempo tuvo problemas de filtración de agua haciala unidad del piso inferior, debiéndosele cortar el agua.
No está previsto realizar visitas.
galería multimedia
edicto
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 9º Turno, dictada
en autos: "EDIFICIO "5 DE ABRIL" c/ CARDOZO CASTRO, AUGUSTO -
EJECUCIÓN DE HIPOTECA RECÍPROCA" IUE 2-27525/2022, se hace saber que
el 3 de abril de 2025 a partir de las 12:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio
del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula Nº 5555 RUT 21.227.685.0013 en acto
presidido por el Oficial Alguacil del Juzgado se procederá a la venta en pública
subasta, sin base, en pesos y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Unidad
205, que forma parte del edificio “5 de ABRIL” construido conforme al Régimen de
Propiedad Horizontal previsto por la Ley 10.751, según permiso de construcción
40675, habilitado por IMM el 18/08/1953, en el terreno ubicado en la 10ª sección
judicial de Montevideo, localidad catastral Montevideo, empadronado con el número
121.195, el que según Plano de Mensura y Fraccionamiento Horizontal de
Agrimensor José Luis González de junio de 1960, cotejado e inscripto en la Dirección
General de Catastro el 27/07/1960 con el número 39875, tiene una superficie de 624
metros 33 decímetros con 15,45 metros de frente a la calle Rivera y 16,20 de frente
al Suroeste a la calle Arrascaeta, uniendo ambas alineaciones ochava curva de
20,76 metros. La unidad 205 se encuentra empadronada individualmente con el
número 121.195/205 y según citado plano, se ubica a cota vertical más 6,34 metros y
tiene una superficie de 40,57 metros. SE PREVIENE QUE: 1º) El mejor postor
deberá depositar el 30% de su oferta en concepto de seña, en el acto de serle
aceptada la misma. Será de cargo del mejor postor la comisión de compra del
martillero (3%), más el IVA (0,66%), totalizando 3,66% del precio de remate, que
deberá pagarse en el acto; así como los gastos de escrituración, impuestos y demás
que la ley pone a su cargo. Los pagos deberán realizarse por los medios previstos
por las Leyes 19.210, 19.478 y 19.889 modificativas, concordantes y sus decretos
reglamentarios según corresponda. En caso de abonar con transferencia electrónica
el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a
efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de
la subasta. 2°) Serán de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador
(1%) más el IVA (0,22%), totalizando 1,22% del precio de remate; así como los
gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. 3°) El
plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil
siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá
por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4°) Existe deuda de Contribución
Inmobiliaria, Tasa General Municipal y Tributos Domiciliarios; así como de Impuesto
de Enseñanza Primaria. 5°) Los rubros a imputar del precio son los necesarios para
la escrituración a saber deudas de Impuesto de Enseñanza Primaria y por
Contribución Inmobiliaria, y podrá imputar en su oportunidad ITP vendedor e IRPF
vendedor (si correspondiere), y para el caso que superaran el precio de la almoneda,
la diferencia será de cargo del mejor postor. 6°) Que será de cargo del mejor postor
el trámite de la Constancia de derecho de preferencia (art.66 Ley 18.308), previo a la
escritura judicial de compraventa. 7º) Se desconoce la regularidad de las
construcciones existentes en el inmueble, así como la situación ocupacional del
mismo. 8º) Que el bien no cumple con el Art.178 de la Ley 17.296 (declaración
jurada de caracterización urbana). 9º) El inmueble se remata en las condiciones que
surgen de la documentación y del expediente, así como el último título inscripto
conforme al Art. 384 del CGP y antecedentes (algunos en testimonio notarial y
testimonio registral) los que se encuentran a disposición de los interesados en la
Sede 25 de mayo 500, Montevideo.
Montevideo, 17 de marzo de 2025
INFORMACIÓN
contacto
ASSAD REMATES



2900 3099 - 2900 4620 Cel. 092 50 55 55